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Miércoles, 15 de Octubre de 2025

Ampliado hasta el 5 de diciembre el plazo para solicitar las ayudas sobre relevo generacional de autónomos

ICAL - La cuantía alcanza los 20.000 euros por beneficiario

La Consejería de Industria, Comercio y Empleo amplía hasta el 5 de diciembre el plazo para solicitar las ayudas sobre relevo generacional de autónomos que asuman negocios ya establecidos en Castilla y León, según publica en su edición de hoy el Bocyl.

El programa de apoyo al relevo generacional, RELEVACyL Autoempleo, contempla ayudas de hasta 20.000 euros por beneficiario para aquellos trabajadores autónomos que quieran dar continuidad a una actividad empresarial cuyo titular cese por jubilación o causa asimilada. El objetivo de esta iniciativa es evitar el cierre y favorecer la continuidad de los pequeños negocios que siendo rentables se cierran por falta de relevo generacional.

La ampliación se suma a las mejoras que se han introducido recientemente en el programa con el fin de optimizar las condiciones y facilitar el acceso a las ayudas a un mayor número de trabajadores autónomos.

Entre esas mejoras figuran una línea temporal más flexible entre el cese de la actividad del anterior titular y el reinicio por parte del nuevo autónomo, de modo que el nuevo titular dispone de un plazo de hasta cuatro meses para iniciar la actividad desde la fecha de baja del negocio transmitido. Además, se han incorporado como subvencionables las actividades ejercidas por los trabajadores autónomos que desarrollen su labor principal en un vehículo, cuando este esté vinculado directamente a la actividad económica declarada.

El programa RELEVACYL Autoempleo va dirigido a todos aquellos trabajadores autónomos que hayan formalizado el acuerdo de transmisión del negocio a lo largo de este año, en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 14 de noviembre de 2025, siempre que la actividad empresarial o profesional objeto del traspaso tenga al menos cinco años de antigüedad en el momento de la transmisión del negocio.

La cuantía mínima de la subvención a percibir por persona beneficiaria es de 10.000 euros, que se incrementará con incentivos adicionales y acumulables en función de las circunstancias específicas del nuevo titular o de la ubicación del negocio. En este sentido se establece un incentivo de 4.000 euros cuando la beneficiaria sea una mujer; un incentivo de 2.000 euros cuando el destinatario de la ayuda sea un joven de menos de 35 años; igualmente, se establecerá una ayuda adicional de 4.000 euros si la actividad se desarrolla en un municipio de hasta 1.000 habitantes o de 2.000 euros si lo hace en un municipio de 1.001 hasta 5.000 habitantes.